Traducción no vinculante. El presente documento es una traducción del original alemán proporcionada únicamente a título informativo. La única versión jurídicamente vinculante es la alemana, disponible en https://mcgesund.de/legal/agb-b2b. En caso de discrepancia entre esta traducción y el original alemán, prevalecerá la versión alemana.
Los contenidos públicos de la plataforma McGesund — directorio, perfiles, valoraciones y léxico — son de libre acceso y pueden utilizarse también sin celebración de contrato.
Las presentes Condiciones generales de contratación («CGC») regulan exclusivamente la relación contractual entre el Proveedor y empresarios (§ 14 BGB); no se prevé la celebración de contratos con consumidores (§ 13 BGB).
Artículo 1 Partes contratantes y ámbito de aplicación
(1) El Proveedor de la plataforma McGesund («Plataforma») es:
Organon Informationssysteme GmbH
Karlstraße 31
63571 Gelnhausen
representado por Helmut Fuhrmann (Geschäftsführer)
Registro Mercantil: Amtsgericht Bad Homburg v.d.H. HRB 8252
N.º de IVA: DE114153271
— en lo sucesivo, el «Proveedor».
(2) Las presentes CGC se aplican a todos los contratos celebrados entre el Proveedor y los Clientes relativos al uso de la Plataforma, siempre que el Cliente sea empresario en el sentido del § 14 BGB, persona jurídica de Derecho público o patrimonio especial de Derecho público (en lo sucesivo, unificadamente, el «Cliente»). La Plataforma está abierta para su uso a Clientes con sede en toda la Unión Europea, así como en Suiza.
(3) Las condiciones generales del Cliente que sean divergentes, contradictorias o complementarias solo formarán parte del contrato si el Proveedor ha consentido expresamente su validez en forma de texto, y únicamente en la medida en que lo haya hecho.
Este requisito de consentimiento será aplicable en todo caso, también, por ejemplo, cuando el Proveedor preste sus servicios sin reservas conociendo las condiciones divergentes del Cliente.
(4) El Proveedor opera, en el sentido del Reglamento (UE) 2019/1150 («Reglamento P2B»), un servicio de intermediación en línea, así como, en el sentido del Reglamento (UE) 2022/2065 («Reglamento de Servicios Digitales»), un servicio de alojamiento de datos, en la medida en que almacena y hace accesibles al público contenidos generados por los usuarios, en particular valoraciones.
Artículo 2 Definiciones
A los efectos de las presentes CGC, se entenderá por:
- «Plataforma» — el sistema digital de directorio y valoración operado por el Proveedor en mcgesund.de y en los dominios de marca asociados, junto con sus módulos correspondientes.
- «Anuncio» — el perfil empresarial público del Cliente en la Plataforma.
- «Ubicación» — un centro operativo concreto del Cliente al que está asociado un Anuncio.
- «Plan» — el paquete de servicios contratado por el Cliente para cada Ubicación y módulo.
- «Módulo» — las áreas de servicio contratables de forma independiente entre sí, «Valoraciones» y «Señales».
- «Valoración» — un juicio emitido por los clientes finales del Cliente mediante un proceso basado en código QR.
- «Señal» — una respuesta estructurada en el contexto asistencial, emitida a través de un código QR del Módulo «Señales» por residentes, familiares o personal.
- «Verificado por display» — un distintivo de autenticidad generado técnicamente, vinculado a una valoración, que únicamente puede crearse a través del código QR rotativo de un solo uso del display de recepción.
Artículo 3 Celebración del contrato
(1) La presentación de los servicios en la Plataforma no constituye una oferta vinculante del Proveedor, sino una invitación al Cliente para que este, por su parte, presente una oferta (invitatio ad offerendum).
(2) El Cliente formula su oferta vinculante seleccionando un Plan, cumplimentando íntegramente los datos requeridos en el formulario de pedido, aceptando mediante confirmación activa estas CGC y la Política de privacidad en la versión vigente en el momento de la celebración del contrato, y enviando el pedido.
(3) El Proveedor acepta la oferta mediante declaración expresa de aceptación en forma de texto — por ejemplo, mediante confirmación de habilitación por correo electrónico — o mediante la activación inicial del servicio contratado.
(4) Con la celebración del contrato, el Cliente declara que cumple los requisitos del Artículo 1, apartado 2, y que actúa en el ejercicio de su actividad comercial o profesional autónoma.
(5) El directorio de la Plataforma contiene Anuncios que el Proveedor ha creado automáticamente, con anterioridad a la celebración de un contrato, a partir de fuentes de acceso público — en particular el proyecto OpenStreetMap bajo la Open Database License (ODbL). Tales Anuncios contienen exclusivamente datos comerciales públicamente disponibles y no son el resultado de una valoración editorial del Proveedor. Mientras un Anuncio de esta naturaleza no haya sido objeto de Adquisición conforme a los apartados siguientes, no existe relación contractual alguna entre el Proveedor y la empresa representada.
(6) La empresa representada en el Anuncio podrá reclamarlo como propio a través de la función «Adquirir Anuncio». Con la Adquisición exitosa, el adquirente asume la gestión del Anuncio; la relación contractual conforme a las presentes CGC se perfeccionará entonces según los apartados 1 a 3.
La Adquisición requiere una comprobación de legitimación; el Proveedor se reserva el derecho a llevar a cabo medidas adecuadas de verificación — como, por ejemplo, una llamada de retorno al número comercial registrado, una notificación postal de verificación a la dirección comercial o la acreditación mediante extracto del Registro Mercantil o certificado de habilitación profesional. En caso de múltiples solicitudes de Adquisición contradictorias, el Proveedor decidirá a su justo arbitrio sobre la base de las pruebas presentadas.
(7) Mientras un Anuncio no haya sido objeto de Adquisición, la empresa representada podrá exigir la rectificación o supresión del Anuncio mediante oposición motivada en forma de texto. El Proveedor examinará la oposición sin demora y suprimirá o rectificará el Anuncio, salvo que se opongan intereses legítimos preponderantes de terceros, en particular un interés público de información sobre datos comerciales objetivamente disponibles.
Artículo 4 Descripción de los servicios
(1) El Proveedor presta los servicios debidos conforme al Plan contratado por el Cliente. El alcance concreto de los servicios se desprende vinculantemente de la lista de servicios vigente en el momento de la celebración del contrato («Productos y precios»), así como, de forma complementaria, de las disposiciones siguientes.
(2) La Plataforma ofrece dos módulos independientes entre sí:
- Módulo «Valoraciones» — perfil empresarial público con la posibilidad de recibir y responder a valoraciones de clientes finales verificadas geográfica y criptográficamente.
- Módulo «Señales» — registro estructurado y anónimo de respuestas del día a día asistencial en establecimientos asistenciales mediante códigos QR por Unidad de registro.
(3) En el Módulo «Valoraciones» están disponibles los siguientes Planes:
Plan «Evaluaciones Basic» (gratuito)
- Perfil de empresa en el directorio con logotipo, mapa y horario de apertura — una ubicación
- Recepción y respuesta a valoraciones
- un código QR permanente por ubicación para solicitudes de valoración
- Widget de valoraciones para integrar en el sitio web del Cliente
- Firma poscuántica de las valoraciones
- códigos QR con el logotipo de McGesund
Plan «Evaluaciones Classic» (de pago)
- todas las prestaciones de «Evaluaciones Basic» — una ubicación
- Display de recepción con código QR rotativo de un solo uso para valoraciones «Verificadas por display»
- hasta 50 códigos QR de un solo uso por ubicación y por cada 30 días
- Widget con extensión emergente
- códigos QR opcionalmente sin logotipo (código QR simple)
Plan «Evaluaciones Pro» (de pago)
- todas las prestaciones de «Evaluaciones Classic»
- Gestión de hasta cinco ubicaciones en una misma cuenta, con vista general multiubicación
- hasta 1.000 códigos QR de un solo uso por ubicación y por cada 30 días
- Ofertas de empleo (hasta cinco activas simultáneamente)
- Estadísticas de clics (llamadas telefónicas y visitas al sitio web, dominios principales de referencia)
- Acceso a la API REST (API de códigos QR y de datos)
Plan «Evaluaciones Premium» (de pago)
- todas las prestaciones de «Evaluaciones Pro»
- Gestión de hasta veinte ubicaciones
- hasta 5.000 códigos QR de un solo uso por ubicación y por cada 30 días
- Ofertas de empleo (hasta veinte activas simultáneamente)
- Presentación con enlace directo en los teasers de los resultados de búsqueda
- Informes agregados multiubicación
- logotipo propio de la empresa en los códigos QR
Los límites de ubicaciones indicados pueden ampliarse individualmente previa solicitud; prevalece el límite registrado en la cuenta.
(3a) A los códigos QR facilitados en el marco de los Planes se les aplica lo siguiente:
- Los códigos QR permanentes (códigos QR de pared y de ubicación) tienen una validez de 24 meses desde su emisión. El Cliente es informado en su cuenta antes del vencimiento y puede generar un nuevo código en cualquier momento; el código anterior sigue siendo utilizable hasta su vencimiento.
- Los códigos QR de un solo uso tienen una validez de tres meses desde su emisión. Los códigos QR de un solo uso no canjeados se eliminan automáticamente transcurrido dicho plazo.
- El contingente mensual de códigos QR de un solo uso se refiere a un periodo de 30 días y no se traslada al periodo siguiente.
Las valoraciones ya emitidas conservan su validez y verificabilidad con independencia del vencimiento del código QR subyacente.
(4) En el Módulo «Señales» están disponibles los siguientes Planes:
Plan «Señales Basic» (gratuito)
- hasta cinco Unidades de registro (habitación, cama, planta, piso o entrada)
- Captura por código QR para residentes, familiares y personal — sin app, sin cuenta
- seis categorías de Señales predefinidas
- Panel de tareas con vista general en tiempo real
- códigos QR con el logotipo de McGesund
Plan «Señales Classic» (de pago)
- todas las prestaciones de «Señales Basic»
- hasta cincuenta Unidades de registro
- Exportación del informe de calidad para autoridades de inspección y supervisión para periodos de 30, 90, 180 o 365 días (tiempos de reacción, distribución de estados, tendencias semanales, puntuación global)
- Roles asistenciales diferenciados (Dirección del centro, Dirección del servicio asistencial, Personal asistencial)
- Tendencias semanales por categoría
- códigos QR opcionalmente sin logotipo (código QR simple)
Plan «Señales Pro» (de pago)
- todas las prestaciones de «Señales Classic»
- hasta doscientas cincuenta Unidades de registro
- Informes inter-ubicación (hasta cinco ubicaciones)
- Acceso a la API REST (API de códigos QR y de datos)
Plan «Señales Premium» (de pago)
- todas las prestaciones de «Señales Pro»
- número ilimitado de Unidades de registro
- Informes agregados multi-ubicación sin límite de ubicaciones
- logotipo propio de la empresa en los códigos QR
(5) El Proveedor se reserva el derecho a adaptar las características de los Planes en el marco de desarrollos técnicos, en la medida en que con ello no se ponga en peligro la finalidad del contrato y el Cliente no resulte perjudicado de forma inadecuada por la modificación (§ 308 número 4 BGB).
Artículo 5 Remuneración, vencimiento, modalidades de pago
(1) Los Planes «Evaluaciones Basic» en el Módulo «Valoraciones» y «Señales Basic» en el Módulo «Señales» se proporcionan gratuitamente. Todos los demás Planes son de pago. El importe de la remuneración se desprende de la lista de servicios vigente en el momento de la celebración del contrato.
(2) La remuneración podrá abonarse, a elección del Cliente, mensualmente o anualmente. En caso de pago anual anticipado, se aplicará el descuento indicado en la lista de servicios.
(3) Todos los precios indicados se entienden netos, más el impuesto sobre el valor añadido legalmente aplicable en cada caso.
(4) En el caso de Clientes con sede en otros países europeos — con excepción de la República Federal de Alemania — y con número de identificación a efectos del IVA válido, la prestación se facturará bajo el régimen de inversión del sujeto pasivo conforme al artículo 196 de la Directiva IVA; la deuda tributaria se traslada al Cliente.
El número de identificación a efectos del IVA debe registrarse en la cuenta del Cliente y se valida automáticamente antes de la facturación a través del procedimiento de confirmación cualificada de la Oficina Central Federal de Impuestos alemana (Bundeszentralamt für Steuern) conforme al § 18e UStG. Si el procedimiento de confirmación de la Oficina Central Federal no estuviera disponible temporalmente, la validación se realizará subsidiariamente a través del Sistema de Intercambio de Información sobre el IVA de la Comisión Europea (MIAS/VIES); en tal caso, la confirmación cualificada se recuperará en el momento más temprano posible.
En el caso de Clientes con sede en Suiza, la facturación se realizará sin el IVA alemán conforme al § 3a apartado 2 UStG (principio del lugar del destinatario).
(5) Las facturas se emiten exclusivamente en forma electrónica y, en el tráfico entre empresas, en formatos legibles por máquina (XRechnung o ZUGFeRD). Se ponen a disposición para su descarga en la cuenta de cliente y se remiten además a la dirección de correo electrónico de la cuenta a través de la cual se contrató el Plan correspondiente. Para la recepción es determinante la puesta a disposición en la cuenta de cliente. El Cliente consiente expresamente la facturación electrónica.
(6) La remuneración vence con la emisión de la factura y debe abonarse por anticipado para el respectivo periodo de facturación. Los pagos se realizan a través de los medios de pago registrados en la cuenta del Cliente.
(7) Si el Cliente elige el pago en línea para una prestación onerosa, el primer pago realizado por esta vía constituye un mandato que autoriza al Proveedor a cobrar créditos futuros mediante el mismo medio de pago. Sobre esta base, la remuneración de los periodos de facturación siguientes se cobra automáticamente a su vencimiento. Las prestaciones adicionales puntuales ajenas a la suscripción no se cobran automáticamente, sino que se autorizan por separado en cada caso.
(8) El Cliente puede revocar el mandato en cualquier momento en forma de texto ante el Proveedor; la revocación surte efecto para la ubicación correspondiente. A partir del periodo de facturación siguiente, la facturación se realiza mediante factura. Los créditos ya vencidos, así como un cobro ya iniciado en el momento de la revocación, permanecen inalterados. La revocación también puede efectuarse directamente en la cuenta de cliente.
(9) Si el Cliente incurre en mora en el pago, el Proveedor estará facultado, tras el transcurso infructuoso de un plazo adicional razonable, a suspender temporalmente las funciones de pago; el propio Anuncio permanecerá inalterado a tal efecto y continuará en el Plan «Evaluaciones Basic» gratuito del Módulo correspondiente. Quedan a salvo otras pretensiones legales del Proveedor.
Artículo 6 Duración, resolución, cambio de Plan
(1) Los contratos sobre Planes de pago facturados mensualmente podrán resolverse ordinariamente al final del respectivo periodo mensual; los contratos sobre Planes facturados anualmente, al final del respectivo periodo anual.
(2) La resolución se realiza en cualquier momento a través de la cuenta del Cliente, en el área «Cuenta → Cancelar Plan». Una resolución comunicada en forma de texto al Proveedor es igualmente eficaz.
(3) El Plan «Evaluaciones Basic» tiene duración indefinida sin vinculación temporal. La eliminación completa de la cuenta es posible en cualquier momento y sin plazo a través de la configuración de la cuenta. El Plan «Evaluaciones Basic» no confiere derecho alguno a la inclusión, al mantenimiento ni a una presentación determinada del anuncio. Cuando el Cliente pase de un Plan de pago al Plan «Evaluaciones Basic», no adquirirá derecho alguno a que el anuncio o las valoraciones referidas al mismo sigan mostrándose. A la terminación le será de aplicación el Artículo 10.
(4) El cambio entre Planes — actualización, reducción o cambio del ciclo de facturación — es posible en cualquier momento. En caso de actualización, el saldo proporcional restante del Plan anterior se imputa al nuevo Plan. En caso de reducción, el Plan anterior se mantiene hasta el final del periodo de facturación en curso; el nuevo Plan entra en vigor al comienzo del periodo siguiente. El cambio de facturación anual a mensual surte efecto asimismo únicamente al final del periodo de facturación en curso; ello rige también cuando se elige simultáneamente un Plan superior. La mejora inmediata dentro del ciclo de facturación existente permanece inalterada.
Los periodos restantes ya abonados no se reembolsan en caso de reducción ni de resolución anticipada. El Cliente será advertido de ello específicamente en la confirmación de la resolución o del cambio.
(5) Queda a salvo el derecho recíproco a la resolución extraordinaria por causa justa (§ 314 BGB). Existe causa justa para el Proveedor, en particular, cuando
- el Cliente infringe obligaciones esenciales del presente contrato y no subsana la infracción, pese a la advertencia, dentro de un plazo razonable;
- se abre un procedimiento concursal sobre el patrimonio del Cliente o este se rechaza por falta de masa; o
- el Cliente elude dolosamente los mecanismos de verificación de autenticidad o induce a su elusión.
Artículo 7 Obligaciones y cargas del Cliente
(1) El Cliente garantiza que los contenidos que introduzca en el Anuncio — en particular el nombre de la empresa, dirección, logotipo, descripciones, ofertas de empleo e imágenes —
- son exactos, completos y actuales;
- están libres de derechos de terceros, en particular de derechos de marca, de autor, de la personalidad y de competencia; y
- no infringen ninguna ley vigente, en particular no infringen la Ley alemana contra la Competencia Desleal (UWG), el Derecho sobre la Publicidad de Medicamentos (HWG) ni el Derecho profesional de las profesiones sanitarias.
(2) El Cliente concede al Proveedor, para la prestación del servicio de Plataforma debido contractualmente, un derecho de uso sobre los contenidos introducidos no exclusivo, limitado territorialmente al ámbito de aplicación de los dominios de marca asociados, limitado temporalmente a la duración del contrato, no transferible y no sublicenciable.
(3) El Cliente mantendrá indemne al Proveedor frente a toda pretensión de terceros que estos hagan valer contra el Proveedor por una infracción culpable de las obligaciones precedentes. La indemnidad comprende los costes necesarios de una defensa jurídica razonable.
Artículo 8 Autenticidad de Valoraciones y Señales
(1) El Proveedor emplea los siguientes procedimientos para limitar técnicamente las manipulaciones:
a) Verificación geográfica
Al escanear un código QR, la información de ubicación proporcionada por el dispositivo del usuario se compara con las coordenadas registradas de la Ubicación.
b) Firma criptográfica
Cada Valoración se firma con Ed25519 (RFC 8032) antes de su almacenamiento. Adicionalmente se aplica una firma cuanto-resistente mediante Falcon (FIPS 206 Draft) y/o ML-DSA (FIPS 204 final), cuyo nivel depende del Plan contratado. Cada clave de firma se anclará en la blockchain de Bitcoin mediante OpenTimestamps. La autenticidad y el momento son así verificables por terceros con independencia del Proveedor.
c) Display de recepción
A partir del Plan «Evaluaciones Classic», un tablet in situ genera códigos QR rotativos de un solo uso con vida útil corta. Las Valoraciones emitidas mediante este procedimiento llevan el distintivo «Verificado por display».
(2) Los procedimientos anteriores limitan técnicamente la posibilidad de manipulación.
No puede garantizarse técnicamente la autenticidad absoluta de Valoraciones o Señales individuales; en particular, las Valoraciones emitidas in situ por el personal propio del Cliente o por personas próximas a él no son técnicamente distinguibles de las Valoraciones de clientes finales.
El Proveedor no asume a este respecto ninguna garantía en el sentido del § 443 BGB.
(3) El Cliente se compromete a no eludir los mecanismos de verificación de autenticidad, a no manipularlos y a no instigar a terceros — en particular a empleados y familiares — a su elusión. Las infracciones facultan al Proveedor a resolver extraordinariamente conforme al Artículo 6 apartado 5 número 3.
Artículo 9 Notificación y moderación de contenidos ilícitos (artículo 16 DSA)
(1) Cualquier persona física o jurídica puede someter al Proveedor contenidos para su examen, a través de la función «Notificar valoración» disponible en la cuenta del Cliente y de la dirección de notificación indicada en el Aviso Legal, que considere ilícitos o contrarios a las directrices de la Plataforma.
(2) La notificación deberá contener los siguientes datos:
- una explicación suficientemente motivada de por qué la persona notificante considera que el contenido es ilícito;
- una indicación unívoca del lugar electrónico de almacenamiento del contenido, en particular la URL;
- el nombre y la dirección de correo electrónico de la persona notificante, salvo en el caso de contenidos relacionados con los §§ 184b y 184c StGB;
- una declaración de que los datos son correctos y completos a su leal saber y entender.
(3) El Proveedor confirma la recepción de la notificación sin demora y resuelve oportunamente, con diligencia, sin arbitrariedad y de manera objetiva sobre el curso a seguir. Las Valoraciones se eliminan, en particular, cuando
- contengan contenidos injuriosos, discriminatorios o constitutivos de delito;
- formulen afirmaciones de hecho demostradamente inexactas; o
- hayan sido creadas manifiestamente sin contacto efectivo con cliente alguno.
(4) El Proveedor informa a la persona notificante mediante una justificación clara y específica en el sentido de una «exposición de motivos» conforme al artículo 17 DSA sobre la decisión, así como sobre los recursos disponibles.
No se realiza una información directa al autor de la Valoración afectada: el Proveedor no recaba, por motivos de minimización de datos conforme al artículo 5 apartado 1 letra c RGPD, datos de identificación o de contacto de los autores de Valoraciones; por tanto, una dirección individualizada queda técnicamente excluida.
En lugar de la comunicación individual, se aplica la exposición transparente de los principios de moderación en las presentes CGC y en las directrices públicas de la Plataforma.
(5) No se realiza una censura previa general de las Valoraciones. Las críticas formuladas objetivamente se conservan con independencia del resultado de la valoración.
Artículo 10 Restricción, suspensión y terminación de servicios (artículo 4 Reglamento P2B)
(1) El Proveedor está facultado para restringir, suspender o terminar servicios individuales o el Anuncio del Cliente en su totalidad cuando
- el Cliente infrinja las presentes CGC, el Derecho vigente o las directrices de la Plataforma;
- lo exijan intereses legítimos de seguridad o integridad de la Plataforma; o
- el anuncio se mantiene en el Plan gratuito «Evaluaciones Basic»; en tal caso no se requiere motivación adicional.
(2) En caso de restricción o suspensión, el Proveedor remitirá al Cliente, antes de o simultáneamente a su entrada en vigor, una motivación en forma de texto con indicación de los hechos y circunstancias concretas — incluidos contenidos de terceros — que han conducido a la decisión, salvo que se oponga a ello una obligación legal.
(3) En caso de terminación completa del contrato por el Proveedor, la motivación se entregará al menos treinta días antes de su entrada en vigor, salvo que
- exista una obligación legal o administrativa de terminación inmediata;
- el Proveedor acredite un interés legítimo en la terminación inmediata por infracciones reiteradas de las presentes CGC; o
- la terminación inmediata sea necesaria por razones imperiosas.
(4) El Cliente podrá impugnar la terminación a través del sistema interno de tramitación de reclamaciones conforme al Artículo 17, así como mediante la solución extrajudicial de litigios conforme al Artículo 17 apartado 4. A solicitud del Cliente, el Proveedor le hará entrega de los contenidos que contribuyeron a la terminación en formato legible por máquina, en la medida en que no se opongan derechos legales o contractuales de terceros.
Artículo 11 Clasificación y trato diferenciado (artículos 5 y 7 Reglamento P2B)
(1) El orden en el que se muestran los Anuncios en los resultados de búsqueda y en las vistas de lista de la Plataforma («Clasificación») se determina esencialmente conforme a los siguientes parámetros principales:
- Relevancia de contenido respecto de la consulta de búsqueda y de la categoría de directorio consultada — por ejemplo, coincidencia del nombre de la empresa, categoría y Ubicación.
- Nivel de Plan del Cliente — los niveles de Plan superiores pueden priorizarse en áreas de teaser y vistas de categoría, sin distorsionar la plausibilidad de los resultados de búsqueda.
- Valor de confianza de las Valoraciones — en particular el número y las características de autenticidad de las Valoraciones existentes («Verificado por display», firmado de forma cuanto-resistente, anclado en Bitcoin).
- Actualidad y exhaustividad del Anuncio — datos de dirección, categoría y contacto debidamente mantenidos.
- Proximidad geográfica a la ubicación presumible de la persona que realiza la búsqueda, cuando sea reconocible.
(2) Una descripción detallada y permanentemente actualizada de los parámetros de Clasificación, así como de su ponderación relativa, está disponible en la página de Transparencia de la Clasificación de la Plataforma en /legal/transparencia-clasificacion. Las modificaciones sustanciales se anunciarán conforme al artículo 5 apartado 5 Reglamento P2B con al menos 15 días de antelación a su entrada en vigor, allí y en la cuenta del Cliente.
(3) El Proveedor no tratará los contenidos propios ni los contenidos de empresas vinculadas con él de modo más favorable, en relación con los de otros Clientes, en la Clasificación, salvo que exista una causa objetivamente justificada; cualquier diferencia se divulgará en el sentido del artículo 7 Reglamento P2B.
Artículo 12 Módulo «Señales» — disposiciones sectoriales específicas
(1) El Módulo «Señales» se dirige exclusivamente a establecimientos asistenciales y apoya el registro estructurado de respuestas del día a día asistencial a través de seis categorías predefinidas.
(2) El Cliente, como responsable en el sentido del artículo 4 número 7 RGPD, está obligado a facilitar en el lugar de colocación de los códigos QR las indicaciones adecuadas conforme al artículo 13 RGPD, que informen a residentes, familiares y personal sobre el tratamiento de los datos.
(3) Las Señales se registran de forma anónima; la atribución se realiza exclusivamente a través de la Unidad de registro (por ejemplo, habitación, cama, planta, grupo de convivencia o edificio). El Proveedor no recibe ninguna referencia personal a residentes o pacientes.
(4) En la medida en que el Cliente transmita datos personales a la Plataforma en el marco del flujo de tareas — por ejemplo, mediante la asignación nominativa de tareas a empleados —, se celebrará a tal efecto un contrato de encargo del tratamiento separado conforme al artículo 28 RGPD. El Proveedor pondrá a disposición el modelo de contrato a solicitud.
Artículo 13 Uso de IA y tratamiento automatizado
(1) El Proveedor podrá emplear los siguientes procedimientos automatizados para la eficiencia, el multilingüismo y el análisis de las funciones de la Plataforma:
a) Reconocimiento automático de voz en el Módulo «Señales»
Los empleados autorizados del Cliente podrán registrar oralmente notificaciones de estado y de finalización de tareas. La grabación de voz se convertirá automáticamente en texto a través de un encargado del tratamiento; los datos de audio se eliminarán sin demora tras la transcripción exitosa.
b) Traducción automática
Los contenidos de los perfiles empresariales públicos, así como los textos editoriales de la Plataforma, podrán traducirse automáticamente a otros idiomas y presentarse de forma multilingüe. A tal efecto, el Proveedor recurre a servicios de traducción con sede en la Unión Europea.
c) Análisis estadísticos y basados en IA
El Proveedor podrá ofrecer análisis estadísticos y basados en IA sobre los datos registrados en el Módulo «Señales». Estos se realizan exclusivamente a nivel agregado — en particular por ubicación, área residencial, turno o categoría de Señal — con un valor técnico mínimo de agregación que excluye conclusiones sobre personas individuales. En contratos multi-ubicación, los análisis podrán presentarse agregados de forma inter-ubicación; el valor mínimo de agregación rige también en las respectivas vistas de desglose por ubicación, área residencial o turno. No se realiza ninguna evaluación personal del rendimiento o del comportamiento de los empleados del Cliente; la Plataforma no está concebida como un instrumento en el sentido del anexo III número 4 letra b del Reglamento (UE) 2024/1689 («Reglamento de IA»).
Los derechos de codecisión del Comité de Empresa o de una representación de los empleados equivalente del Cliente — en particular el § 87 apartado 1 número 6 BetrVG — permanecen inalterados; su ejercicio corresponde al Cliente.
d) Asistente conversacional (Chatbot)
El Proveedor podrá poner a disposición en la Plataforma un asistente conversacional basado en IA para responder a preguntas generales sobre el uso de la Plataforma. Antes del inicio de cada interacción, se advertirá al usuario, conforme al artículo 50 apartado 1 del Reglamento de IA, de que está interactuando con un sistema de IA. Las respuestas del asistente no constituyen asesoramiento jurídico, fiscal, sanitario o profesional asistencial y no sustituyen la información especializada o médica.
e) Optimización de la Clasificación basada en IA
El Proveedor se reserva el derecho a apoyar adicionalmente en el futuro la Clasificación de los Anuncios descrita en el Artículo 11 mediante un modelo de aprendizaje automático, entrenado a partir de consultas de búsqueda agregadas y del comportamiento de clic de los usuarios de la Plataforma. En tal caso, se empleará exclusivamente un modelo operado por el propio Proveedor dentro de la Unión Europea, sobre una base de datos agregada y sin referencia personal a las personas que realizan la búsqueda.
Los principales parámetros principales, así como su ponderación relativa conforme al artículo 5 Reglamento P2B, se divulgarán de forma permanente en la página de Transparencia de la Clasificación del Proveedor (véase Artículo 11 apartado 2); cualquier modificación sustancial del procedimiento de Clasificación se anunciará al Cliente conforme al Artículo 18 apartado 1.
(2) Todos los procedimientos mencionados en el apartado 1 únicamente transcriben, traducen, agregan, generan u optimizan; no adoptan decisiones automatizadas individuales con efecto jurídico o con efectos significativamente similares frente al Cliente o sus empleados en el sentido del artículo 22 RGPD.
(3) El Cliente garantiza que, en el registro de voz conforme al apartado 1 letra a, no se dicten datos identificadores de terceros — en particular nombres reales, fechas de nacimiento, diagnósticos o hallazgos médicos. El Cliente instruirá a su personal en este sentido de manera adecuada. El Artículo 7 apartado 3 (indemnidad del Proveedor) se aplica análogamente.
(4) En la medida en que alguno de los procedimientos anteriores debiera, según una evaluación posterior, clasificarse como «sistema de IA de alto riesgo» en el sentido del artículo 6 del Reglamento de IA, el Proveedor lo someterá antes de su puesta en servicio a una evaluación de conformidad conforme al artículo 43 del Reglamento de IA; hasta entonces, el procedimiento afectado no se activará.
Artículo 14 Disponibilidad y mantenimiento
(1) El Proveedor se esforzará por una disponibilidad anual media del 99,5 por ciento de las funciones esenciales de la Plataforma. La disponibilidad se mide como promedio anual en la sede del Proveedor.
(2) Las ventanas de mantenimiento programadas se anunciarán con al menos 48 horas de antelación en la cuenta del Cliente y se realizarán, en la medida de lo posible, fuera del horario comercial habitual — entre las 22:00 y las 06:00 horas CET/CEST.
(3) No están comprendidas en el compromiso de disponibilidad las interrupciones por fuerza mayor, ataques dirigidos (en particular DDoS), perturbaciones fuera del ámbito de responsabilidad del Proveedor (en particular proveedor de internet e infraestructura de alojamiento de terceros), así como las ventanas de mantenimiento conforme al apartado 2.
Artículo 15 Responsabilidad
(1) El Proveedor responde — con independencia del fundamento jurídico — ilimitadamente por
- los daños derivados de la lesión de la vida, el cuerpo o la salud, que se basen en una infracción dolosa o negligente de las obligaciones del Proveedor, de uno de sus representantes legales o auxiliares en el cumplimiento;
- los demás daños que se basen en una infracción dolosa o gravemente negligente de las obligaciones del Proveedor, de uno de sus representantes legales o auxiliares en el cumplimiento;
- los daños causados por la ausencia de una garantía expresamente asumida por el Proveedor;
- los daños indemnizables conforme a la Ley alemana de Responsabilidad por Productos.
(2) Por los daños materiales y patrimoniales causados por negligencia leve, el Proveedor responde únicamente en caso de infracción de una obligación contractual esencial (obligación cardinal). Son obligaciones contractuales esenciales aquellas cuyo cumplimiento hace posible en absoluto la correcta ejecución del contrato y en cuya observancia el Cliente puede confiar de manera habitual. En tal caso, la responsabilidad se limita al daño previsible y típico del contrato en el momento de su celebración.
(3) El daño previsible y típico del contrato en el sentido del apartado 2 corresponde por regla general a la retribución que el Cliente adeudaba por el Plan y la ubicación afectados en los doce meses anteriores al hecho que originó el daño. El Cliente conserva la facultad de acreditar un daño mayor y el Proveedor la de acreditar un daño menor.
(4) En todo lo demás, la responsabilidad del Proveedor queda excluida.
(5) Por la pérdida de datos el Proveedor responde, conforme a los apartados anteriores, únicamente hasta el importe del esfuerzo que habría sido necesario para su restauración si el Cliente hubiera realizado una copia de seguridad adecuada y periódica. Corresponde al Cliente respaldar por sí mismo, a intervalos razonables, los datos que introduzca.
(6) Por las prestaciones facilitadas de forma gratuita — en particular los Planes «Evaluaciones Basic» y «Señales Basic» — el Proveedor responde, como excepción al apartado 2, únicamente por dolo y culpa grave. El apartado 1 permanece inalterado.
(7) El Proveedor no es responsable de los contenidos publicados en la Plataforma por usuarios o terceros, en particular valoraciones y señales; su responsabilidad se rige por el artículo 6 del Reglamento (UE) 2022/2065. Solo cabe responsabilidad a partir del momento en que el Proveedor tenga conocimiento de un contenido ilícito y no lo retire o bloquee el acceso al mismo con prontitud. El procedimiento de notificación y actuación se regula en Artículo 9.
(8) La disponibilidad indicada en Artículo 14 apartado 1 constituye un compromiso de medios y no una garantía en el sentido del apartado 1 número 3.
(9) Las reclamaciones de indemnización del Cliente prescriben en un año desde el inicio legal del plazo de prescripción. Ello no se aplica a las reclamaciones conforme a los apartados 1 y 2; a estas les son aplicables los plazos de prescripción legales.
Artículo 16 Protección de datos
(1) Los detalles sobre el tratamiento de datos personales por el Proveedor se desprenden de la Política de privacidad en su versión vigente en cada momento.
(2) En la medida en que el Proveedor trate datos personales por encargo del Cliente, las partes celebrarán un contrato de encargo del tratamiento separado conforme al artículo 28 RGPD. El Proveedor pondrá a disposición el modelo de contrato a solicitud.
Artículo 17 Sistema interno de tramitación de reclamaciones y solución extrajudicial de litigios (artículos 11 y 12 Reglamento P2B, artículo 21 DSA)
(1) El Proveedor mantiene un sistema interno de tramitación de reclamaciones, accesible al Cliente de forma gratuita y sin esfuerzo desproporcionado. Las reclamaciones pueden presentarse a través de la cuenta del Cliente en el área «Soporte», así como por escrito o por correo electrónico a info@mcgesund.de.
(2) Se registran, en particular, reclamaciones relativas a
- el cumplimiento de las obligaciones del Proveedor conforme a las presentes CGC, al Reglamento P2B o al DSA;
- el trato dispensado al Cliente, incluidas las medidas conforme al Artículo 10;
- problemas tecnológicos que afecten significativamente a la prestación de los servicios de la Plataforma; así como
- medidas o conductas del Proveedor que afecten significativamente al Cliente.
(3) El Proveedor examina las reclamaciones con diligencia, oportunamente y de forma transparente. El resultado se comunica al Cliente de forma clara y comprensible. El Proveedor informará anualmente en la Plataforma sobre el número total de reclamaciones presentadas, los motivos principales y el tiempo medio de tramitación.
(4) Para la solución extrajudicial de litigios entre el Proveedor y los Clientes Empresariales en el sentido del artículo 12 Reglamento P2B y del artículo 21 DSA, el Proveedor designa a los siguientes mediadores o entidades certificadas de solución extrajudicial de litigios:
Deutsche Institution für Schiedsgerichtsbarkeit e.V. (DIS)
Beethovenstraße 5–13, 50674 Köln
www.disarb.org
Centre for Effective Dispute Resolution (CEDR)
100 St. Paul's Churchyard, London EC4M 8BU, Reino Unido
www.cedr.com
(5) El recurso a la solución extrajudicial de litigios es voluntario y no sustituye la vía judicial. Los costes se repartirán entre las partes conforme al reglamento de procedimiento de la entidad elegida en cada caso.
Artículo 18 Modificaciones de las presentes CGC (artículo 3 apartado 2 Reglamento P2B)
(1) El Proveedor está facultado para modificar las presentes CGC con un preaviso mínimo de quince días antes de la entrada en vigor prevista. En el caso de modificaciones que requieran adaptaciones técnicas u organizativas significativas por parte del Cliente, el plazo de preaviso se prolongará razonablemente, hasta un mínimo de seis semanas.
(2) Las modificaciones se comunicarán al Cliente en forma de texto — en particular por correo electrónico y mediante aviso en la cuenta del Cliente.
(3) Si el Cliente no se opone a la modificación dentro del plazo de preaviso respectivo en forma de texto, la modificación se considerará aprobada. El Proveedor advertirá expresamente de esta consecuencia en la notificación de modificación.
(4) Si el Cliente se opone en plazo, el Proveedor estará facultado para resolver ordinariamente la relación contractual con efectos a la entrada en vigor prevista de la modificación.
Artículo 19 Idioma y versión vinculante
(1) Las presentes CGC se redactan en idioma alemán y se ponen a disposición, en su caso, traducidas a otros idiomas a título informativo.
(2) Para el contenido y la interpretación de las presentes CGC es exclusivamente determinante la versión alemana. En caso de divergencias entre la versión alemana y una versión en otro idioma, prevalecerá la versión alemana.
Artículo 20 Disposiciones finales
(1) A la relación contractual se aplicará exclusivamente el Derecho de la República Federal de Alemania, con exclusión de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Contratos de Compraventa Internacional de Mercaderías. Permanecen inalteradas las disposiciones imperativas de protección del consumidor u otras disposiciones imperativas del Derecho de la residencia habitual o sede del Cliente, en la medida en que constituyan leyes de policía conforme al artículo 9 Reglamento Roma I.
(2) El fuero exclusivo para todos los litigios derivados de o en relación con el presente contrato será Bad Homburg, siempre que el Cliente sea comerciante, persona jurídica de Derecho público o patrimonio especial de Derecho público. Este acuerdo de elección de fuero se realiza de conformidad con el artículo 25 del Reglamento (UE) número 1215/2012 (Bruselas I bis). El Proveedor estará además facultado para demandar al Cliente en el fuero general del Cliente.
(3) Si alguna de las disposiciones de las presentes CGC fuera o llegara a ser, total o parcialmente, ineficaz o inejecutable, ello no afectará a la eficacia de las demás disposiciones. En lugar de la disposición ineficaz o inejecutable se aplicará la regulación legal pertinente. Lo mismo regirá para eventuales lagunas de regulación.
(4) Las modificaciones y adiciones del presente contrato requerirán la forma de texto. Esto se aplica también a la supresión del presente requisito de forma de texto.
Proveedor
Organon Informationssysteme GmbH
Karlstraße 31
63571 Gelnhausen
Contacto
info@mcgesund.de · Tel. +49 (0) 69 9043 1680
Registro
N.º de IVA DE114153271 · Registro Mercantil Amtsgericht Bad Homburg v.d.H. HRB 8252
en vigor desde el 28.04.2026